La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) es el instrumento técnico sobre el que las Administraciones Públicas diseñan su estructura de personal para adecuarla a las necesidades del servicio público
> Anexo I Modificac - Área de Economía y Hacienda
> 6. Área de Economía y Hacienda
> 5. Servicios Técnicos
> 4. Seguridad
> Anexo I Modif - Área Social y Servicios Generales
> 3. Área Social y Servicios Generales
> 2. Secretaría
> Anexo I Modificacion 2022- ALCALDÍA Y ÓRGANOS DE GOBIERNO
> 1. Alcaldía y Órganos de Gobierno
> 0. Órganos de Gobierno

Relación de Puestos de Trabajo (2015)

Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Art. 14 El ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas requerirá el previo reconocimiento de compatibilidad.

La resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad, que se dictará en el plazo de dos meses, corresponde al Ministerio de la Presidencia, a propuesta del Subsecretario del Departamento correspondiente; al órgano competente de la Comunidad Autónoma o al Pleno de la Corporación Local, previo informe, en su caso, de los Directores de los Organismos, Entes y Empresas públicas.

De los datos que constan en la Unidad de Recursos Humanos, en la actualidad no hay ninguna resolución de autorización de compatibilidad de ningún trabajador del Ayuntamiento.


– La masa salarial máxima correspondiente al ejercicio 2021 es de 8.696.090,16 €.